martes, junio 17, 2008

Los hijos compartidos frente a los hijos como propiedad

En un reciente artículo sobre la custodia compartida, la escritora Luisa Castro volvía a recurrir al viejo tópico de la pobre mujer desamparada, generalmente víctima de la violencia machista, que sabe que será ella quien deberá asumir en solitario la educación y cuidado de sus hijos. Frente a ella, se alza el hombre-monstruo patriarcal, que se empeña en reclamar la custodia compartida, no porque quieran cumplir con su responsabilidad de padre y garantizarles a sus hijos su presencia y apoyo, sino porque “considera a los hijos una propiedad privada y a la madre una rehén de la familia”. La madre, frente a este ser pérfido – generalmente un acosador: “las separaciones se producen por algo”-, no tiene otra opción que alejar al padre – y garantizar a sus hijos “la paz, el sosiego de una casa segura y de un ambiente grato, en el que no se vean constantemente utilizados o chantajeados por las disputas de dos padres que si tenían problemas cuando convivían, raras son las situaciones en que no los seguirán teniendo una vez separados”.

Sin duda, un artículo interesante, porque difícilmente se podría resumir mejor el circuito alucinado que alimenta el imaginario de muchas mujeres empeñadas en justificar lo injustificable. Ya en pleno arrebato, pontifica sobre el derecho de la madre sobre los hijos porque “la madre es el primero de los vínculos afectivos que uno establece con el mundo que le rodea” : “así lo ha hecho la naturaleza”. Y aunque admite que la sociedad puede modificar la naturaleza y “encaminarse hacia una sociedad en que la igualdad entre hombres y mujeres sea total.”, le parece que “poner a los padres y a las madres en pie de igualdad en el tema de la custodia” es un exceso que “sólo complica las cosas para los hijos.”. Fíjese que dónde Luisa dice hijos cualquiera lee madres. Es sorprendente su ceguera para advertir que está erigiéndose descaradamente en única intérprete legítima y autorizada del bienestar de sus hijos y que está haciendo coincidir sus intereses con los suyos. Sin embargo, ella que no tiene reparos en defender la exclusiva propiedad materna de los hijos, y atrapada por su perorata místico-victimista, acaba con una afirmación delirante: El Pater Familias romano, árabe o protocristiano surge de sus cenizas y exige lo suyo, lo que es de su propiedad.

Otra mujer, Ássun Pérez, le da hoy cumplida replica en otro artículo que también reproduzco.

Los hijos como propiedad

LUISA CASTRO

EL PAÍS - Opinión - 11-06-2008

Obviamente, una separación conlleva un desgarro para uno de los progenitores, el que se queda sin los hijos. El desgarro no es menor para la madre, que debe redoblar su rol materno, educarlos en el amor al padre, y al mismo tiempo trabajar para contribuir a medias económicamente, eso en el mejor de los casos. Es desde luego falso pensar que la madre se lleva un botín, es decir, que la retribución por alimentos del padre cubre todas sus necesidades y las de sus hijos, la típica visión machista que considera a los hijos una propiedad privada y a la madre una rehén de la familia, que vive a expensas de lo que el marido le dicte o le dé.

En la sociedad actual, al menos la que yo conozco, no hay pensión de alimentos que cubra ni al 50% las necesidades de los hijos. La madre, además de atenderlos y velar por su alimentación, su salud física y mental, su educación y su ocio, además de la preocupación y la responsabilidad constante que supone la convivencia con ellos, en detrimento del tiempo libre de la mujer y de su sociabilidad, debe también trabajar y ganar dinero para aportar el 50%, el 60% o el 70% de los ingresos necesarios para mantenerlos.

Ésta es la sociedad de padres separados que yo conozco, en la que todo el peso recae sobre la madre y en la que ésta lleva a cabo su labor a veces incluso cuestionada por el resentimiento de un padre cercano, lejano o a media distancia. Hay muchísimas separaciones en las que el padre no paga y la madre renuncia a exigirlo.

Las madres separadas y con hijos somos un mundo aparte. La sociedad no nos conoce, en este sentido actúa sobre nosotras del mismo modo que el hombre que se queda solo: cuestionándonos, cuando no ignorándonos. Nuestros problemas se dirimen en los juzgados, y afortunadamente hay jueces que lo saben ver.

Las demandas de separación en España en un 90% de los casos las inician las mujeres. Ninguna que lo haga es ignorante de lo que le espera después de la separación. Pero las separaciones se producen por algo, y la ley ampara este derecho al divorcio desde 1979. Si la madre, ciudadana libre que decide por sí misma y que piensa en su bien y en el de sus hijos, establece su domicilio en un lugar diferente al del padre, por razones de trabajo, afectivas o simplemente por rehacer su vida lejos de un padre acosador, evidentemente éste se ve menoscabado, pero la distancia no actúa así en los hijos. Lo que éstos agradecen ante todo es la paz, el sosiego de una casa segura y de un ambiente grato, en el que no se vean constantemente utilizados o chantajeados por las disputas de dos padres que si tenían problemas cuando convivían, raras son las situaciones en que no los seguirán teniendo una vez separados. Tomar una decisión de este tipo para una madre nunca es fácil, pero a veces es la única posible para mantener su integridad afectiva y psicológica y así asegurarles a sus hijos la suya.

El derecho del menor hasta hoy aconseja que los niños de corta edad crezcan en contacto con su madre, el primero de los vínculos afectivos que uno establece con el mundo que le rodea. Así lo ha hecho la naturaleza. Pero como tantas cosas que ha hecho la naturaleza también esto se puede deshacer. Cambiar las leyes para compartir la custodia de los hijos pudiera ser la opción hacia la que se encamina una sociedad en que la igualdad entre hombres y mujeres fuera total.

Permítanme, sin embargo, que dude mucho de que esta solución deba imponerla el Estado. Son los padres los que deben consensuarlo. Si no es así, poner a los padres y a las madres en pie de igualdad en el tema de la custodia sólo complica las cosas para los hijos. Directamente se convierten en una mercancía, un bien o una carga según convenga. Si estaban en una guerra cuando convivían los padres, seguirán expuestos a ella cuando éstos vivan en domicilios separados.

¿Desde cuándo los hijos necesitan al padre y a la madre a partes iguales? ¿Están en inferioridad de condiciones cuando no es así? Pudiera parecer que los derechos recientemente adquiridos por la mujer (su derecho al divorcio, al aborto, al trabajo) fuera una conquista excesiva que esta sociedad patriarcal no acaba de digerir. Pudiera parecer que esta sociedad que tiende a la igualdad, deseara corregirla cuando del tema más peliagudo se trata, de la familia, de la sagrada familia. El Pater Familias romano, árabe o protocristiano surge de sus cenizas y exige lo suyo, lo que es de su propiedad.

En un hipotético caso de que se estableciera la custodia compartida me atrevo a pronosticar que serán muchas menos las separaciones pero muchas más las familias infelices, y cada una a su manera, como decía Tolstoi.

Los hijos compartidos

ÀSSUN PÉREZ AICART

EL PAÍS - Opinión - 17-06-2008

En el artículo titulado Los hijos como propiedad, publicado en este diario el 11 de junio pasado, Luisa Castro exponía sus argumentos en contra de la custodia compartida y defendía entre líneas la tesis de que los hijos son y deben seguir siendo por naturaleza propiedad de las madres. Paradójicamente, la señora Castro acusaba a los padres varones que piden la custodia compartida de este afán de apropiación sobre los hijos, echando mano para ello de viejos y polvorientos términos en latín (Pater Familias), aparte del socorrido comodín de la amenaza del retorno del patriarcado.

Su tesis se reduce, en esencia, a una vieja polémica: la dicotomía entre la naturaleza y la ley, o entre la naturaleza y la cultura. Según su opinión, la custodia de los hijos debe ser concedida a la madre pues es una cuestión de respeto a la naturaleza, de manera que la ley no debe ir contra esta naturaleza, sino ser su correlato. Es decir, el Estado no debe imponer la custodia compartida, si no es con el visto bueno de la madre, pues es la ley natural de la madre, figura ésta sí absolutamente necesaria, la que debe prevalecer. Estos planteamientos naturalistas y maternalistas no se sostienen ni desde el punto de vista del derecho contemporáneo, ni desde el punto de vista de la actual psicología evolutiva.

En los Estados democráticos es inconcebible que el derecho de una parte se haga depender de la autorización de la otra parte en litigio, pues en ese caso hay una parte que es a la vez juez y parte. Justo lo que ocurre en nuestro país con la custodia compartida, pues su concesión depende del beneplácito de la madre. Lo que preconizan quienes defienden la custodia compartida sólo con acuerdo es en realidad el derecho de veto de una parte (la madre), es decir, un contraderecho o privilegio basado en la variable del sexo.

Desde el punto de vista de la psicología, los mitos relativos a la necesidad que tiene el menor de la madre como figura de apego prioritaria por naturaleza hace tiempo que están superados por la ciencia. La psicología actual se decanta por los beneficios que tiene para el niño el apego múltiple, con independencia del sexo de los referentes. Es decir, nada más enriquecedor y fomentador de la autonomía personal y del desarrollo psíquico y emocional del menor que la conservación de una pluralidad de referentes primarios que, además, le quieren y le reconocen como ser querido. Y nada más dañino para la autoestima y estabilidad de un niño que el alejamiento forzado e injustificado de uno de sus padres y, en general, de cualquier otro ser querido, pues cuando se rompen los lazos de un menor con su padre también se destruyen los vínculos con toda la familia paterna.

En realidad, las coartadas para justificar el derecho del progenitor custodio a trasladar al menor geográficamente a donde le plazca no son más que malas coartadas. ¿Cómo puede ser bueno para un menor apartarle de sus seres queridos, de su entorno de referencia estable, de su universo relacional ya definido? Es una aberración defender, bajo pretexto de una presupuesta inocencia sobreprotectora de la madre, que el niño necesita ser llevado a una burbuja totalmente controlada por esta última, lejos de la perniciosa influencia del padre, siempre sospechoso, cómo no, de impulsos de dominación irreductibles y primordiales.

El niño no necesita el control exclusivo de la madre. Ni del padre. El niño necesita la participación de los dos en su crianza, en su cuidado y en el roce cotidiano. Porque como decía la copla, sin roce no hay cariño. Y eso es lo que más obsesiona a algunas recelosas madres, como la tristemente famosa letrada María Dolores Martín Pozo, presunta inductora del asesinato de su ex marido Miguel Ángel Salgado; mujeres que no quieren compartir con ningún igual el cariño del ser amado, el amor de los hijos, por cuya escritura de propiedad exclusiva se afanan en batallar por todos los medios a su alcance y desde los más altos castillos.

Los niños no son una propiedad, y no se pueden partir, como sí se puede partir una casa, cuyo valor material no obstante tampoco se parte, porque va en el mismo lote que la propiedad materna de los hijos. Claro que los hijos no se pueden partir, pero sí se pueden y se deben compartir. Tal vez todos deberíamos empezar a conjugar el verbo compartir, pues es nuestra obligación con nuestros hijos e hijas. Y en caso de no aprender a conjugar el verbo por nosotros mismos, entonces el Estado debería poner a cada uno en su sitio e imponer el derecho allí donde todavía no ha llegado. Precisamente para que haya más familias felices, porque como decía Tolstói, las familias felices no tienen historia, y hoy por hoy en nuestro país hay demasiadas familias y demasiados niños que arrastran una tortuosa historia.

No hay comentarios: